Control Interno

De acuerdo al artículo 1º de la Ley 87 de 1993, “Se entiende por Control Interno el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos…”

La unidad u oficina de coordinación del control interno, se define en el artículo 9º de la Ley 87 de 1993, como “uno de los componentes del Sistema de Control Interno, de nivel gerencial o directivo, encargado de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la dirección en la continuidad del proceso administrativo, la reevaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos…”

Según estructura organizacional del Hospital Especializado Granja Integral, la Oficina de Control Interno es de carácter directivo, además corresponde a un proceso de evaluación, que tiene como objetivo

Séptima Dimensión MIPG: Control Interno